Hay que empezar recordando que esta ley es de obligado cumplimiento para TODAS las personas físicas o jurídicas que posean datos de carácter personal de personas físicas:

 - Afecta tanto a personas jurídicas (empresas, asociaciones, fundaciones, etc.) como a personas físicas (particulares o autónomos) y a las Administraciones Públicas.

 - Estarán sometidas siempre que posean datos de carácter personal de personas físicas. No se aplica por lo tanto a aquellas que sólo posean datos de personas jurídicas.

¿Qué te ofrecemos?

1. Análisis de los circuitos de información en los que se traten datos de carácter personal. Aplicación de los principios de la protección de Datos a las tres fases del tratamiento: al recabar los datos, al tratarlos, al utilizarlos. Detección de incumplimientos e irregularidades en el tratamiento.

2. Definición y descripción de los ficheros que son necesarios para el desarrollo de la actividad.

3. Redacción de cláusulas jurídicas para cumplir con los principios de información y obtención del consentimiento para tratar los datos conforme a sus intereses. Corrección de incumplimientos e irregularidades.

4. Redacción del Documento de Seguridad que ha de contener la política general de la empresa en lo que al tratamiento de datos de carácter personal se refiere.

Y todo ello con un coste mínimo.

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